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Cartografía del PRUG Sierra de Guadarrama

Fecha de publicación:

17 de julio de 2023

Fuente:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Descripción:

Disponible la cartografía, para su visualización y descarga, del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

Contenido:

En Castilla y León, el instrumento de planificación específico que permita cumplir con los fines perseguidos con la declaración de Parque Nacional es el DECRETO 16/2019, de 23 de mayo , por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

La cartografía del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de la Sierra de Guadarrama incluye:

  1. Ámbito de aplicación
  2. Zonificación
  3. Usos y actividades reguladas:
  • Cartografía de viales aptos para el tránsito en bicicletas
  • Cartografía de zonas de escalada
  • Cartografía de restricciones al sobrevuelo de aeronaves no impulsadas a motor

El Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama cuenta con una superficie de 33.960 hectáreas pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Madrid (21.714 hectáreas) y de Castilla y León (12.246 hectáreas), correspondiendo la gestión ordinaria y habitual de este espacio a ambas comunidades en sus respectivos ámbitos territoriales, debiendo asegurarse la gestión integral del parque nacional.

El Plan Rector de Uso y Gestión establece los objetivos de la planificación, los criterios de gestión y la zonificación del parque. Recoge la relación de actividades clasificadas en incompatibles, compatibles y, entre estas, las específicamente necesarias para la gestión, así como las condiciones bajo las que pueden desarrollarse las actividades compatibles con los objetivos del parque nacional. Se exponen las directrices para la elaboración de los programas sectoriales de actuación, donde se recogerán las medidas necesarias para proteger y conservar los valores naturales y culturales del parque. Se incluyen los criterios de colaboración con otras Administraciones e instituciones, así como el marco para la integración de los titulares de derechos y de los residentes locales en las actividades asociadas a la gestión del parque nacional y el régimen para la supresión de las actividades clasificadas como incompatibles. Por último, se incluyen los parámetros e indicadores que habrán de utilizarse para realizar el seguimiento y la evaluación del estado de conservación del parque nacional y del grado de cumplimiento de los objetivos del parque.