La organización territorial de Castilla y León se rige fundamentalmente por el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y por la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León en cuanto a la organización jurídica del territorio.
También existe una organización estadística del territorio definida por el Instituto Nacional de Estadística a efectos y objetivos estadísticos y organizativos, delimitando otras unidades territoriales como son las entidades colectivas y las entidades singulares. Y así mismo, también se divide el territorio en distritos y secciones censales.
La organización jurídica del territorio está definida con el máximo rango jurídico, siendo estas entidades las que configuran la propia existencia territorial del Estado.
Pero también existe otro tipo de organización del territorio que lo delimita o divide en función de sus objetivos, ya sean estadísticos, sectoriales o de ordenación del territorio.
La organización estadística del territorio es definida por el Instituto Nacional de Estadística a efectos y objetivos estadísticos y organizativos, delimitando unidades territoriales como son las entidades colectivas y las entidades singulares. La comunidad autónoma, la provincia y los municipios, son entidades utilizadas tanto para la organización jurídica como para la organización estadística.
La organización sectorial del territorio es definida por las diferentes legislaciones sectoriales que dividen y articulan el territorio mediante demarcaciones territoriales, o unidades geográficas con objeto de planificar y gestionar las actividades propias de cada sector.
Por último, la organización de la ordenación del territorio es definida por la legislación de ordenación del territorio que tiene como objetivo delimitar espacios funcionales para la planificación y programación de los servicios autonómicos estableciendo un modelo territorial.
Organización jurídica
Comunidad Autónoma, Provincias, Comarcas, Municipios, Comunales, Mancomunidades, Otras Entidades Asociativas, Entidades Locales Menores.
Organización estadística
Comunidad Autónoma, Provincias, Municipios, Entidades Colectivas, Entidades Singulares, Núcleos y Diseminados.
Organización sectorial
Distritos censales, Secciones censales, Distritos postales, Áreas de salud, Zonas Básicas de Salud, Zonas de Acción Social, Comarcas Agrarias, Secciones Territoriales de Medio Ambiente, Comarcas de Medio Ambiente, Distritos Hipotecarios.
Organización de ordenación del territorio
Unidades básicas de ordenación y servicios del territorio rurales, Unidades básicas de ordenación y servicios del territorio urbanas, Áreas funcionales estables, Mancomunidades de interés general rurales, áreas funcionales estratégicas.
Comunidad Autónoma (1)
Castilla y León es una Comunidad Autónoma en el marco de la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Está integrada por los municipios de las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora (además de los 52 comunales).
Provincias (9):
La provincia es una entidad local determinada por la agrupación de municipios, que tiene personalidad jurídica propia y plena autonomía para la gestión de sus intereses. Su gobierno y administración es la Diputación. El territorio de cada provincia se compone de los territorios de sus municipios (además de los 52 comunales).
Comarcas (1):
La comarca es una entidad que, reconocida por la Ley, agrupa a municipios limítrofes con características comunes para la gestión conjunta de sus intereses o servicios y para la colaboración en el ejercicio de sus competencias. Su gobierno y administración es el Consejo Comarcal. La comarca de El Bierzo es la única que existe en Castilla y León.
Municipios (2.248):
El municipio es la entidad local básica de la organización territorial de la Comunidad de Castilla y León, goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gestiona con autonomía sus propios intereses y tiene como elementos sustanciales el territorio, la población y la organización. Su gobierno y administración es el Ayuntamiento.
Comunales (52):
Son territorios cuya jurisdicción es compartida entre dos o más municipios. No tienen la consideración de municipio ni pertenecen en exclusiva a ninguno de los municipios. Por tanto, el territorio de Castilla y León lo componen los 2.248 municipios más los 52 comunales. Son una excepción dentro de la organización territorial.
Mancomunidades (241):
Las mancomunidades de municipios son las asociaciones que estos formen voluntariamente para la ejecución en común de obras y servicios de su competencia. Tienen la condición de entidad local, personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines específicos. Se regirán por sus propios Estatutos.
Las Mancomunidades de Interés General (MIG) son aquellas declaradas como tal, cuyo ámbito territorial concuerda sustancialmente con espacios de ordenación territorial para la prestación de servicios estatales, autonómicos o provinciales. Pueden ser rurales entre municipios menores de 20.000 habitantes, o urbanas entre municipios de más de 20.000 y su alfoz. Están reguladas por la legislación de ordenación del territorio (ver apartado de ordenación del territorio).
Otras Entidades Asociativas (61):
Son asociaciones históricas de municipios, núcleos o entidades locales, con personalidad y capacidad jurídica, que se rigen por sus normas consuetudinarias o tradicionales. Tienen diversas denominaciones como: comunidades de villa y tierra, comunidades de tierra, asocios y otras entidades asociativas tradicionales.
Entidades Locales Menores (2.208):
Son aquellas Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIMES) al que pertenecen que, bajo diversas denominaciones, tengan reconocido dicho carácter. Tienen personalidad y capacidad jurídica plena para el ejercicio de sus competencias. Todas las entidades locales menores se corresponden con entidades singulares (2.167) o con entidades colectivas (41) definidas por el INE.
Comunidad Autónoma (1):
La Comunidad de Castilla y León es una Comunidad Autónoma en el marco de la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Está integrada por los municipios de las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora. codigo_ine: el INE asigna un código de 2 dígitos a las comunidades autónomas.
Ejemplo: Comunidad autónoma de Castilla y León: 07
Provincias (9):
La provincia es una entidad local determinada por la agrupación de municipios, que tiene personalidad jurídica propia y plena autonomía para la gestión de sus intereses. Su gobierno y administración es la Diputación. codigo_ine (11 dígitos). Ejemplo:
Municipios (2.248):
El municipio es la entidad local básica de la organización territorial de la Comunidad de Castilla y León, goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gestiona con autonomía sus propios intereses y tiene como elementos sustanciales el territorio, la población y la organización. Su gobierno y administración es el Ayuntamiento. codigo_ine (11 dígitos). Ejemplo:
También es muy utilizado el código municipal de 5 dígitos:
Ej.: Municipio de Adanero: 05001
NOTA: No confundir con los códigos postales ni con los códigos de Catastro.
Entidades Colectivas (41):
La entidad colectiva(EC) es un término empleado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para definir unidades intermedias entre la entidad singular y el municipio, que existen en algunas regiones, como agrupaciones de entidades singulares, (parroquias, hermandades, concejos, diputaciones, y otras), que conforman una entidad colectiva de población con personalidad propia y un origen marcadamente histórico. Las 41 entidades colectivas están reconocidas como entidades locales menores.
Entidades Singulares (6.180):
La entidad singular (ES) de población es un término empleado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para definir cualquier área habitable del término municipal, habitada o excepcionalmente deshabitada, claramente diferenciada dentro del mismo, y que es conocida por una denominación específica que la identifica sin posibilidad de confusión. Una entidad singular puede tener uno o varios núcleos, o incluso ninguno, si toda ella se encuentra en diseminado. El nombre suele coincidir con el nombre del núcleo principal. Algunas entidades singulares (2.167) están reconocidas como entidades locales menores. El INE no define la delimitación territorial de cada entidad singular, solo las identifica alfanuméricamente mediante los códigos ine. codigo_ine (11 dígitos). Ejemplo:
Núcleos (5.932) y Diseminados (8.417):
El núcleo de población es un conjunto de al menos diez edificaciones, que están formando calles, plazas y otras vías urbanas. Por excepción, el número de edificaciones podrá ser inferior a 10, siempre que la población que habita las mismas supere los 50 habitantes. Ninguna vivienda puede pertenecer simultáneamente a dos o más núcleos, o a un núcleo y un diseminado.
Los diseminados son aquellas edificaciones o viviendas de una entidad singular de población que no pueden ser incluidas en el concepto de núcleo de población. El INE a nivel nacional no desagrega ni asigna nombre a los diseminados; a cada entidad singular el INE asigna un único diseminado sin indicar su localización, y en ocasiones ningún diseminado. En Castilla y León se ha procedido a localizar y nombrar aquellos diseminados que han podido ser identificados, obteniendo el listado de poblaciones.
En Castilla y León se ha creado un código de población de dos dígitos para identificar los diseminados que se han localizado y nombrado, obteniendo la codificación para todas las poblaciones. codigo_ine (11 dígitos).Los dos últimos dígitos "nuc" para diseminados es 99.
Ejemplos:
3. Organización sectorial del territorio de Castilla y León
Distritos Censales (2.355):
Los distritos censales del Instituto Nacional de Estadística (INE) son unidades territoriales de carácter estadístico, inferior al municipio, formada por la agrupación de varias secciones censales. Cada municipio se compone de uno o más distritos censales, abarcando todo el territorio municipal.
Secciones Censales (3.518):
Las secciones censales del Instituto Nacional de Estadística (INE) son unidades territoriales de carácter estadístico, inferior al municipio, que sirve como base para la elaboración de censos, padrones y otras operaciones estadísticas a nivel nacional. Cada distrito censal se compone de una o más secciones censales.
Distritos postales:
Los distritos postales (o códigos postales) son divisiones geográficas utilizadas por Correos para facilitar la clasificación y entrega de correspondencia. Cada código consta de cinco dígitos que identifican la provincia y la zona. Esta información es propiedad de la empresa pública Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. y su descarga requiere el pago de una licencia. Gratuitamente solo es posible consultar el servicio web de visualización y la consulta individual de cada código.
NOTA: No confundir con el código de municipio de cinco dígitos del INE
Áreas de Salud(11):
Son las estructuras fundamentales del sistema público de salud de Castilla y León. Es la principal referencia para la organización de las actuaciones sanitarias en todos los niveles asistenciales. Con carácter general cada área de salud cuenta, al menos, con un hospital o complejo asistencial. (Ley 8/2010). Las áreas de salud se dividen en zonas básicas de salud.
Zonas Básicas de Salud (247):
La zona básica de salud es el marco territorial y poblacional donde se desarrollan las actividades sanitarias de la Atención Primaria. Con carácter general cada zona básica de salud cuenta con un centro de salud.
Zonas de Acción Social (ZAS) (190):
La Zona de Acción Social es la unidad básica de articulación territorial de los servicios sociales de Castilla y León. Se configura como unidad de referencia general para la detección de las necesidades, la asignación de recursos y la planificación de los servicios sociales. Establecen correspondencia con la red de Centros de Acción Social (CEAS).
Comarcas agrarias (59):
Son demarcaciones territoriales en las que se organiza la Consejería competente en Agricultura de Castilla y León, utilizadas como unidades de planificación y ejecución de actividades agrarias. Su delimitación se integra dentro de la comarcalización agraria de España.
Secciones territoriales de medio ambiente (31):
Son las demarcaciones territoriales en las que se organiza la Consejería competente en Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para el desempeño de sus funciones en materia de gestión ambiental. Las secciones pueden dividirse a su vez en comarcas de medio ambiente.
Comarcas de medio ambiente (97):
Son las demarcaciones territoriales en las que se organiza la Consejería competente en Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para el desempeño de sus funciones en materia de gestión ambiental. Las comarcas pueden agruparse a su vez en secciones de medio ambiente.
Zonas catastrales:
Las zonas catastrales se corresponden con las manzanas en suelo urbano y con los polígonos en suelo rústico, conforme a la Dirección General del Catastro. La referencia catastral de cada parcela se compone de 14 dígitos, más cuatro dígitos de identificación de inmuebles, más dos dígitos de control. Su composición difiere en función de si se trata de suelo urbano o rústico.
Distritos hipotecarios (55):
Son las circunscripciones territoriales en las que se divide España a efectos registrales, donde cada uno corresponde a un Registro de la Propiedad específico. Delimitan la competencia de un registrador para gestionar, inscribir y dar publicidad a los bienes inmuebles situados en su zona.
4. Organización de ordenación del territorio de Castilla y León
Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio rurales (193):
Las UBOST rurales son espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituyen la referencia espacial y el parámetro básico para el desarrollo de la ordenación del territorio de Castilla y León. Salvo excepciones, agrupa a municipios iguales o menores de 20.000 habitantes de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares.
El mapa de las UBOST rurales se incluirá en un mapa que será aprobado por Ley.
Actualmente existe una distribución de UBOST que se elaboró mediante un Proyecto de Ley.
Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio urbanas (16):
Las UBOSTurbanas son cada uno de los municipios con más de 20.000 habitantes de la Comunidad de Castilla y León (o con población aproximada de 19.000 habitantes). Reguladas por la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. El mapa de las UBOST urbanas se incluirá en un mapa que será aprobado por Ley. Actualmente existe una distribución de UBOST que se elaboró mediante un Proyecto de Ley.
Áreas Funcionales Estables (14):
El Área Funcional Estable (AFE) es aquella integrada por la unidad básica de ordenación y servicios del territorio urbana y los municipios de su entorno o alfoz con los que mantiene relaciones funcionales que precisan una planificación conjunta. Actualmente hay declaradas 14 áreas funcionales estables.
Áreas funcionales estratégicas:
Son aquellas integradas por una unidad básica de ordenación y servicios del territorio o por varias contiguas, para el impulso de programas de desarrollo en aquellas zonas de menor dinamismo económico y demográfico, o afectadas por circunstancias extraordinarias. Se extinguirán una vez alcanzados los objetivos perseguidos o cumplido el plazo previsto. Reguladas por la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. Actualmente no hay declarada ningún área funcional estratégica.
Mancomunidades de Interés General Urbanas (5):
Las MIG-U son aquellas declaradas como tal, cuyo ámbito territorial concuerda sustancialmente con espacios de ordenación territorial para la prestación de servicios estatales, autonómicos o provinciales, entre municipios de más de 19.000 habitantes y los municipios de un entorno o alfoz. Actualmente hay declaradas 5 mancomunidades de interés general urbanas.
Mancomunidades de Interés General Rurales (0):
Las MIG-R son aquellas declaradas como tal, cuyo ámbito territorial concuerda sustancialmente con espacios de ordenación territorial para la prestación de servicios estatales, autonómicos o provinciales, entre municipios de menos de 19.000 habitantes. Un municipio solo puede pertenecer a una MIG-R. Reguladas por la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. Actualmente no hay declarada ninguna MIG rural.